Un proyecto de ley sobre la prohibición de la oración en los espacios públicos se anunció oficialmente en Quebec en el otoño de 2025. Esta medida del gobierno es parte del deseo de fortalecer el secularismo y aclarar la aplicación de los principios de neutralidad religiosa en los lugares comunes y los establecimientos públicos de la provincia.
Origen y contexto del evento
El debate sobre la oración pública tomó forma durante las declaraciones del primer ministro François Legault en diciembre de 2024, luego con la iniciativa del ministro Jean-François Roberge, Jefe de Secularismo, en septiembre de 2025. El objetivo es hacer que el espacio público sea libre de cualquier evento religioso organizado. El proyecto es una extensión de las discusiones sobre el lugar de la religión en Quebec, marcado por leyes anteriores sobre secularismo y varias consultas parlamentarias.
Según los anuncios gubernamentales transmitidos activamente en la prensa oficial, el proyecto de ley establece la prohibición formal de las oraciones en las calles, parques y otros espacios accesibles para todos, así como el fortalecimiento del código de conducta para las escuelas. Los recuerdos parlamentarios confirman el deseo de limitar las manifestaciones religiosas de todo tipo en espacios públicos y dentro de los establecimientos administrados por el estado.
Cronología y progreso de los hechos
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Diciembre de 2024: Declaraciones del Primer Ministro que apoyan la idea de supervisar o prohibir las oraciones públicas.
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29 de agosto de 2025: El arzobispo de Montreal publica una carta pública que expresa su preocupación frente a la futura prohibición, citado en Vatican News.
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5-7 de septiembre de 2025: Encuesta realizada por Léger que muestra que el 43 % de los Quebecers desean una prohibición completa de las manifestaciones religiosas en público, el 38 % aceptaría que se les permita en ciertas circunstancias.
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Septiembre de 2025: El Ministerio de Secularismo anuncia el depósito inminente del proyecto de ley en el Parlamento.
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Octubre de 2025: Actualizaciones y reacciones de partidos políticos e instituciones religiosas.
Estructura general del proyecto de ley
El proyecto de ley, presentado parcialmente a través de extractos de textos y análisis parlamentarios, especifica:
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Exprese la prohibición de organizar o mantener oraciones colectivas en lugares públicos (calles, parques, lugares, establecimientos educativos).
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Supervisión estricta de manifestaciones religiosas: «Está prohibido celebrar ceremonias de oración, canciones o invocación a una divinidad en el espacio público, excepto durante los días reconocidos por los decretos ministeriales».
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La obligación de los establecimientos de educación pública de garantizar que no se puede tener lugar la actividad religiosa, la oración o la reunión espiritual fuera de los espacios especialmente provistos para este propósito.
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Multas y sanciones administrativas planificadas: cualquier delincuente expone una multa de $ 500 a 5,000 y una posible prohibición temporal de reorganizar futuros eventos similares.
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Prohibición para cualquier persona, motivada por una convicción o creencia religiosa, influir o tratar de influir en el ejercicio de un poder, una función o un deber en las escuelas o establecimientos bajo jurisdicción pública.
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Precisión de que la conducta de las personas que brindan servicios a los estudiantes debe estar libre de consideraciones religiosas.
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Aclaración sobre la transparencia y el secularismo a través de la adopción de un código de ética obligatorio para las escuelas.
Una encuesta de luz realizada con 1592 canadienses del 5 al 7 de septiembre de 2025 especifica que el 43 % de los Quebecers quieren que se permita la oración en espacios públicos, contra el 38 % que la toleran en condiciones y el 12 % que siempre lo desee.
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«Está prohibido celebrar ceremonias de oración, canciones o invocación a una divinidad en el espacio público, excepto durante los días reconocidos por los decretos ministeriales».
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«Los establecimientos educativos públicos deben garantizar que ninguna actividad religiosa, oración o reunión de naturaleza espiritual tenga lugar fuera de los espacios privados o confesionales proporcionados para este propósito».
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«Cualquier delito es responsable de una multa de $ 500 a 5,000 y puede dar lugar a la prohibición temporal de organizar eventos similares en el futuro».
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Prohibición para cualquier miembro del personal escolar o persona bajo contrato, solicitar alojamiento religioso o influir en el ejercicio de una función de forma religiosa.